En el post anterior expuse mi posición favorable a la externalización de los informes técnicos de licencias, pero limitándola a los medios propios de las administraciones públicas. Creo que esa debería ser la primera corrección que debería hacerse al Decreto ley durante el trámite parlamentario. Pero convendría introducir otros cambios.
viernes, 23 de mayo de 2025
A propósito del reciente Decreto Ley para la agilización de las licencias urbanísticas (y 2)
jueves, 22 de mayo de 2025
A propósito del reciente Decreto Ley para la agilización de las licencias urbanísticas (1)
El pasado 21 de abril el Gobierno de Canarias aprobó el Decreto ley 3/2025 para la agilización de la tramitación de licencias urbanísticas y el impulso de la construcción de viviendas. Con esta norma –que todavía debe ser convalidada por el Parlamento– se persigue corregir la que en la propia exposición de motivos se califica como “demora insostenible” de los ayuntamientos en la concesión de los títulos habilitantes para la ejecución de actuaciones urbanísticas, muy en especial las obras. Los propios ayuntamientos reconocen que acumulan muy grandes retrasos y, según recoge el Decreto ley, los imputan a “a la insuficiencia de medios materiales y personales para ejercer los mecanismos de control consustanciales a la tramitación y resolución de las solicitudes de licencias urbanísticas y, en particular, para la emisión del informe técnico”. Consiguientemente, lo que hace el Decreto ley es permitir que los informes técnicos preceptivos para la concesión de licencias puedan ser elaborados por profesionales externos al ayuntamiento correspondiente, ya sea a petición de éste o de la persona interesada.