Uno de los enfoques que más se escucha en relación con el problema de la vivienda es el de la conveniencia de “liberalizar” el suelo a fin de que se abarate aquélla. No se trata sino del conocido planteamiento “liberal”, opuesto frontalmente al que defiende que se necesita, por el contrario, una mayor intervención de los poderes públicos sobre el mercado. De hecho, la postura liberalizadora es la que defiende el PP (y VOX aun en mayor medida), mientras que el PSOE se inclina tímidamente por la intervencionista (Podemos y Sumar lo hacen mucho más radicalmente). El argumento principal de los liberalizadores es sobradamente conocido: hay que facilitar el crecimiento de la oferta (de suelo y consiguientemente de vivienda) para que baje el precio. Por tanto, deben removerse los obstáculos a la puesta en el mercado de suelo edificable, obstáculos que, principalmente, se encuentran en la regulación (y gestión) del sistema urbanístico español.
Recordando tiempos pasados y con la inestimable ayuda de internet, yo diría que el debate que aún persiste se reabrió con relativa trascendencia pública (porque existía desde mucho antes) durante el tercer gobierno de Felipe González (1989-1993) desde el Ministerio de Economía y Hacienda dirigido por Carlos Solchaga, considerado uno de los artífices del programa neoliberal del PSOE. Así, en 1992, el Gobierno encomendó al Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) la realización de un estudio de la legislación sobre precios administrados, exclusividades, situaciones de monopolio y condicionamiento al ejercicio profesional, a fin de que puedan ser identificados los costes del sistema de regulación de un amplio conjunto de sectores; ese estudio también debería incluir propuestas concretas de modificaciones normativas e identificar la Administración competente.
En respuesta a ese encargo, el TDC, dirigido entonces por Miguel Ángel Fernández Ordoñez, presentó en 1993 un informe que, entre los muchos sectores analizados, dedicaba un capítulo a la competencia en el mercado del suelo urbano. Allí se decía que el del suelo es un sector en el que prácticamente se niega al mercado, lo que se traduce en una excesiva rigidez. Además, se apuntaba que el sistema respondía a una visión profundamente arraigada en la mentalidad española, por lo que sería muy difícil de cambiar. El TDC no cuestionaba que el uso del suelo debe estar intervenido por los poderes públicos, pero en el caso español este intervencionismo era extremo porque, al establecer con el máximo detalle el uso de cada espacio (a través de planeamiento) y negar a los propietarios la capacidad de decisión, se segmenta el mercado del suelo, desapareciendo la competencia entre usos alternativos. Esta falta de competencia genera una mala asignación de recursos y da lugar a la aparición de rentas monopólicas, disminuyendo la oferta para cada uno de los usos y forzando al alza los precios. El informe no se atrevía a proponer medidas concretas (aunque sí establecía criterios a tener en cuenta), pero recomendaba al Gobierno la formación de una Comisión que proceda a la revisión de la normativa del suelo en España en la que además de los expertos tradicionales del sector participen economistas y hacendistas.
En ese mismo año de 1993, Carlos Solchaga, que ya no era ministro en el nuevo gobierno salido de las recientes elecciones, publicó en El País del 7 de octubre un artículo titulado “El mercado del suelo”, donde denunciaba el –a su juicio– intervencionismo excesivo sobre el suelo y reclamaba una mayor liberalización de éste. No obstante, unos días después, Josep Borrell, por entonces Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, publicaba dos artículos en el mismo periódico (El suelo: política y mercado y El interés general y los particulares) en donde, en contra de lo defendido por Solchaga, apoyaba la intervención pública sobre el mercado del suelo. Esta divergencia en la prensa de dos figuras relevantes del PSOE mostraba claramente que en este asunto no existía unanimidad en el partido ni tampoco en el Gobierno. De hecho, tal confrontación se ha mantenido hasta hoy, además de en los ámbitos ideológicos, entre sectores profesionales, ya que los vinculados directamente a la ordenación y gestión urbanísticas son predominantemente “intervencionistas”, mientras que los que se mueven en el ámbito de la economía tienden sobre todo a optar por posiciones “liberales”.
Conviene recordar que solo tres años antes se había aprobado la Ley 8/1990 sobre Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo y en 1992 el Texto Refundido. Esta reforma supuso una vuelta de tuerca en el denostado (por algunos) enfoque “intervencionista” y había propiciado la reacción de diversos sectores que abogaban por un cambio liberalizador, justo en el sentido contrario. Como es sabido, la mayoría de esta norma fue declarada inconstitucional en 1997, fundamentalmente por invasión de las competencias de las Comunidades Autónomas. Pero eso ocurrió unos años después y no cabe duda que en esos primeros años noventa la promulgación de la reforma de la legislación del suelo supuso avivar el debate entre los dos enfoque antagónicos sobre el urbanismo español.
Así las cosas, mediante Orden Ministerial de 5 de noviembre de 1993, se constituyó la Comisión de Expertos para que analizara el actual marco normativo estatal y autonómico con el objetivo de garantizar su máxima eficacia. La Comisión estuvo formada por 39 “expertos”, aunque predominaban cargos políticos, algunos de ellos no precisamente con formación urbanística; no obstante, había profesionales insignes de prestigio más que reconocido. Los trabajos se desarrollaron a lo largo de 1994 y el documento resultante fue presentado oficialmente en Salamanca el 12 de diciembre. Solo pude leer en su día las “Recomendaciones finales de avance normativo y política de suelo” (el documento consta de dos volúmenes con siete capítulos y anexos), publicadas en el número 3 (primavera 1995) de la revista Ciudad y Territorio (páginas 165 a 189). Hay que decir que las conclusiones no fueron unánimes (se recogen las opiniones de quienes disintieron) y que incluso pueden detectarse algunas contradicciones internas. No obstante, una lectura atenta de dicho documento es imprescindible porque, sin duda, es la reflexión más profunda y múltiple que se ha hecho hasta la fecha sobre este asunto de la liberalización del suelo. Ese alto nivel intelectual se prolongó luego con diversos artículos recogidos en el número monográfico ya citado de Ciudad y Territorio.
No voy a entrar ahora en el análisis de ese documento (por lo demás, sobradamente hecho) pero sí diré, para una adecuada comprensión de esta perspectiva histórica, que su característica más relevante era que en absoluto se decantaba por el enfoque “liberalizador” e incluso contradecía al TDC afirmando que “el problema del precio y disponibilidad de suelo urbanizado es fundamentalmente, un problema de gestión” y, por lo tanto, no de rigidez de la oferta. La respuesta del Gobierno al documento de los expertos fue inmediata. El 13 de enero de 1995, el Consejo de Ministros aprobó una guía guía orientadora de la actividad inmediata del Gobierno en la elaboración de políticas y proyectos legislativos en materia de suelo y vivienda en la que afirmaba que “el “problema fundamental se concentra en el proceso de transformación de suelo urbanizable en suelo urbanizado, que es el realmente útil para la edificación”. A partir de este diagnóstico se planteaban una serie de medidas para propiciar una política activa de suelo, incardinadas plenamente en el sistema urbanístico vigente. Quedaba claro que el Gobierno del Estado no consideraba conveniente aplicar al urbanismo un enfoque “liberalizador” como sí había venido haciendo en otros sectores de la economía. Parecía que quienes se oponían al “intervencionismo” habían perdido la batalla; sin embargo, poco más de un año después llegaría el PP al Gobierno y las cosas cambiarían.
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