domingo, 25 de febrero de 2024

La evolución cuantitativa de la oferta alojativa de Canarias en los últimos 15 años

El ISTAC aporta los datos de número de establecimientos turístico-alojativos, habitaciones y plazas por islas, municipios y zonas turísticas, desde 2009 hasta 2023, distinguiendo entre hoteleros y extrahoteleros. Aunque según qué tabla se consulte hay algunas diferencias, los datos mantienen suficiente aproximación. Si bien no se dice expresamente, parece claro que en esas tablas no se contabilizan las ubicadas en viviendas vacacionales (no sé si las de turismo rural cuentan o no pero, en todo caso, éstas tienen mucha menos relevancia cuantitativa). Es decir, podemos suponer que los datos son los referidos a la oferta alojativa “convencional”: hoteles y apartamentos. 
 
Pues bien, en números redondos la oferta turístico-alojativa del conjunto de Canarias ha disminuido en los 15 años que van de 2009 a 2023 en unas 68.000 plazas (se ha pasado de 437.774 a 370.053), lo que supone algo más del 15% de reducción. No es esa la idea que intuitivamente tenemos de la evolución reciente de los hoteles y apartamentos en el Archipiélago (al menos, la que yo tenía). 
 
Distinguiendo entre camas hoteleras y extrahoteleras, comprobamos que, en los pasados 15 años, las primeras han aumentado ligeramente (un 10%) mientras que las segundas han descendido notablemente (un 46%). En concreto, hay 24.581 plazas hoteleras más, pero 92.309 extrahoteleras menos. En mi opinión, el aumento de la oferta hotelera ha sido moderado, lo que revela un cierto control de la misma, que se inició a partir de la moratoria de 2003. En cambio, lo que es bastante sorprendente es la fortísima caída de la oferta extrahotelera, sin que –que yo sepa– de este asunto apenas se hable. 
 
Obviamente, la práctica totalidad de los apartamentos que se han dado de baja (y han “desaparecido” de los datos del ISTAC) siguen físicamente dónde siempre han estado, la mayoría en edificios de apartamentos o complejos de bungalows y similares tipologías, pero ya sin formar parte de la “unidad de explotación” del conjunto. Estas unidades alojativas han de estar, necesariamente, en alguna de las siguientes situaciones: (1) cerradas sin uso, (2) usándose como vivienda o (3) explotándose turísticamente al margen de la unidad de explotación conjunta. No he encontrado datos sobre el uso actual de estas antiguas unidades extrahoteleras (creo que sería muy interesante un estudio al respecto), así que solo puedo elucubrar. 
 
No creo que el número de unidades vacías sea relevante; la gran mayoría están en zonas turísticas dinámicas en las que hay demanda solvente. Seguramente habrá unas cuantas unidades que se habrán reconvertido a uso residencial, que ha sido el “derecho” reivindicado por muchos propietarios, en particular en Maspalomas (véase el post “El derecho a dedicar un apartamento turístico a vivienda”). Pero me atrevería a decir que no representarán la mayoría (si lo fueran, estos antiguos apartamentos habrían absorbido sobradamente todo el crecimiento de población de los municipios en los que se sitúan). 
 
Pienso pues que la mayoría de estos apartamentos oficialmente “desturistizados” están en explotación turística como viviendas vacacionales, sea legalmente o no. Un amigo me dice que legalmente no, porque no se autoriza que unidades alojativas en complejos turísticos extrahoteleros se inscriban como vivienda vacacional. Me gustaría confirmarlo porque lo cierto es que, repasando la tabla del registro de viviendas vacacionales del Gobierno de Canarias, he encontrado varias filas que parecen corresponder a ese tipo de unidades alojativas. Pero si nos creemos que la mayoría de los antiguos apartamentos no están legalmente en explotación turística, la cosa es mucho más preocupante, porque resultará que hay un número significativo de plazas turísticas que no se contabilizan como oferta turística extrahotelera, ni convencional ni vivienda vacacional. 
 
En todo caso, a la vista de estos números mis conclusiones (bastante intuitivas al no contar con datos específicos) son las siguientes. La primera que deberíamos prestar atención (y preocuparnos) al descenso tan notable de la oferta extrahotelera convencional. No creo que debamos denominarlo “residencialización”, porque estoy convencido de que la mayor parte de esos apartamentos se mantienen en explotación. Es muy probable que una de las causas más importantes de este fenómeno sea el rechazo por los propietarios al principio de unidad de explotación, sobre todo cuando, en los últimos tiempos, se han dado cuenta de que pueden obtener mayores rentas de sus apartamentos si los manejan por su cuenta. No es algo de poca monta cuestionar –como, por ejemplo, hace la “Plataforma de Afectados por la Ley Turística”– la obligación de que un edificio de apartamentos o un complejo de bungalows se gestione unitariamente (o que se admitan usos residenciales). Por tanto, admitir mecanismos en ese sentido requiere reflexión y debate. 
 
Mi segunda conclusión es que, de las casi 200.000 plazas registradas en vivienda vacacional, un porcentaje muy alto (yo diría que en torno al 40%) debe corresponder a antiguos apartamentos que han “escapado” de la unidad de explotación. Aunque esto no fuera así (porque, como dice mi amigo, no se autoriza su inscripción como Vv), sigo convencido de que un número muy alto de esas unidades está en explotación turística, aunque sea de forma ilegal, lo cual advierte de un problema aun más grave, cual es que el número “real” de viviendas vacacionales sea bastante superior al “oficial”. En ambos casos, creo que, tanto mediante la regulación normativa como por el ejercicio de la inspección y disciplina turísticas (casi inexistentes en la actualidad), se debe impedir que la vivienda vacacional sea una puerta falsa para deteriorar la unidad de gestión de los complejos turísticos extrahoteleros. 
 
Mi tercera conclusión es que el desmesurado crecimiento de la vivienda vacacional unido al fuerte descenso de la oferta extrahotelera convencional apunta a una crisis del modelo de gestión de la oferta no hotelera que requiere una profunda reflexión. Una cosa es que se permita que pequeños propietarios puedan explotar turísticamente una segunda vivienda y otra que esta modalidad se convierta en predominante en la oferta turística de las Islas, pasando a ser protagonizada por empresas. En un marco de turismo de grandes masas como el nuestro, la vivienda vacacional (oferta dispersa de unidades alojativas) sólo es conveniente si no representa un peso relevante en las cifras totales; a partir de ciertos límites (que intuyo que ya hemos alcanzado), pienso que supone un deterioro del destino (sin entrar en otros efectos negativos). Pero ya analizaré en otro momento los efectos de la vivienda vacacional sobre la oferta turística en su conjunto.

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